Registro Nacional de Puertos

Inscripción obligatoria

Ley 24.093

Trámite gratuito.

Disposición legal aplicable.

  • Costas y ríos
  • Lagos o similares naturales o artificiales
  • Instalaciones fijas, móvile y flotantes
  • Atraques y desatraques
  • Embarque y desembarque de pasajeros/as y cargas
Resumen
  • ¿Qué tenés que aportar?
  • Resolvé dudas y ampliá información
  • Pasos a seguir
  • ¿Qué tenés que aportar?

    • Latitud y longitud del muelle
    • Actividad portuaria
    • Descripción de las instalaciones
    • Accesos terrestres (carreteras, caminos y vías férreas) y acuáticos (canales)
    • Fotografías
    • Plan de Emergencia

    Resolvé dudas y ampliá información

    Pasos a seguir

    1. Iniciá trámite en TAD>Inscripción al Registro Nacional de Puertos
    2. Cumplimentá datos y subí documentos
    3. Apuntá número de expediente electrónico
    4. La Dirección Nacional de Control de Puertos y Vías Navegables te notificará la constancia de tu inscripción

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    Otros trámites

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