
Jubilaciones y pensiones: Obra Social

Información general, trámites y consultas
¿Quiénes tienen derecho?
Tienen derecho a Obra Social todas las personas jubiladas y pensionadas y sus familiares a cargo: hijos/as con discapacidad sin límite de edad, hijos/as solteros/as menores de 21 años o hasta 25 que estén estudiando, hijos/as del cónyuge o conviviente y persona conviviente o esposa/o.
Pasos a seguir
- Constancia de empadronamiento CODEM
- Formulario PS 5.7: aportes a la Obra Social
- Solicitá turno previo en el Programa de Atención Médica Integral PAMI
- Formulario PS 5.5: datos familiares (nacimiento, matrimonio, convivencia, divorcio, fallecimiento...)
- FormularioPS 5.11: aceptación de Obra Social
- Actualizá datos en MI ANSES
- Realizá gestión virtual ahora mismo online
- O bien sacá turno previo y acudí presencialmente a oficinas ANSES
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