
Jubilaciones y pensiones: Haberes devengados por fallecimiento de las personas titulares

Información general, trámites y consultas
Objeto
Calcular los haberes y montos que corresponden a personas titulares de jubilaciones o pensiones hasta la fecha de su fallecimiento.
Pueden ser:
- Asignaciones familiares
- Subsidios no percibidos
- Aguinaldos completos o proporcionales
- Mensualidades completas o proporcionales
- Primera liquidación
Interesados e interesadas
Según el vículo que tuvieran con la persona fallecida: personas con derecho a pensión de fallecimiento, herederas/os, parientes por consanguinidad o personas que acrediten haber abonado los últimos gastos médicos relacionados con la enfermedad causante de la defunción.
MUY IMPORTANTE
Los haberes devengados se pueden solicitar hasta 2 años después de producirse el fallecimiento de la persona pensionada o jubilada.
Documentos que tenés que presentar
- DNI, LC o LE o constacia de DNI en trámite del/de la solicitante
- Partida de defunción de la persona fallecida
- Formulario de información bancaria de ANSES
- Parientes por consnguinidad: acreditar vínculo con la persona fallecida y formularios PS 6.253, PS 6.258, y PS 6.259 (2 testigos)
- Herederas/os: formulario PS 6.259
- Otras personas: certificado médico del fallecimiento y formularios PS 6.255 y PS 6.256
Monto de los haberes devengados
- Igual o inferior a una jubilación mínima: pago sin necesidad de trámites de sucesión
- Superior a una jubilación mínima: es obligatorio el oficio judicial de sucesión
Sacá turno previo y realizá gestión presencialmente en oficinas ANSES.
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