
Acrecimiento de Pensión

Fallecimiento de una persona trabajadora o jubilada
Resumen
¿Quiénes pueden solicitar el Acrecimiento de Pensión?
Cálculo de la pensión
Documentación que debés aportar
Pasos a seguir
- Fallecimiento de una persona trabajadora o jubilada
- Administrador Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
¿Quiénes pueden solicitar el Acrecimiento de Pensión?
- Esposa o esposo de la persona fallecida
- Conviviente acreditado de la persona fallecida
- Hijas/os menores de edad de la persona fallecida
- Hijos/as con discapacidad sin límite de edad de la persona fallecida
La pensión puede ser compartida por varias personas beneficiarias.
Cálculo de la pensión
- 70 por ciento para viuda, viudo o convivente (sin hijos/as con derecho a pensión)
- 50 por ciento para viuda, viudo o conviviente (con hijos/as con derecho a pensión)
- 20 por ciento por cada hija/o con derecho a pensión
Cuando fallecen personas con derecho a pensión o los hijos/as sin discapacidad cumplen 18 años de edad, se efectúan nuevos cálculos estipulados por normativa legal de fijación de montos y porcentajes a recibir.
Documentación que debés aportar
- DNI originales de cada integrante del núcleo familiar
- Certificaciones de discapacidad (en su caso)
Pasos a seguir
- Actualizá datos personales y vinculaciones familiares en MI ANSES
- Verifica todos los documentos
- Realizá el trámite presencialmente en las oficinas de ANSES o AHORA MISMO ONLINE
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